Prevención de riesgos laborales

Lic. Antonio Rizzo
Consultor de Riesgos del Trabajo
5/5 (5 votos)

Los conceptos

Uno de los aspectos significativos en la empresa, en relación a las personas, es que éstas puedan desarrollar su actividad en las mejores condiciones. Por eso, algo que ha de tener muy presente el responsable de empresa es la prevención de riesgos que puedan acontecer en el desarrollo de la actividad.

La Ley de Prevención del año 1995 establece que “se entenderá por prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo”.
Como podemos comprobar, la Ley incluye dentro de la definición de prevención el concepto de riesgo laboral: “posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo”.
La Ley, así mismo, contempla otros conceptos tales como:

• Accidente de trabajo:
“toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena”.

• Enfermedad profesional:
“la contraída a consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro que se aprueba por las disposiciones y desarrollo de la presente ley y que se están provocadas por la acción de los elementos o sustancia que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”

• Equipo de protección individual:
cualquier instrumento que lleva o sujeta el trabajador para protegerle del riesgo de sufrir un accidente (por ejemplo, cascos de seguridad, protectores auditivos, protectores oculares, equipos de respiración o proteccion respiratoria, etc. )

• Seguridad e higiene en el trabajo:
es una expresión sinónima de prevención de riesgos laborales.

• Salud laboral:
en general se utiliza como sinónimo de Medicina del Trabajo, Servicio Medico se orienta a la prevención de riesgos laborales, específicamente hace referencia a los aspectos sanitarios enfermedades profesionales de la prevención de riesgos laborales.

Existen varias modalidades organizativas de la prevención en la empresa en función de su tamaño y de la actividad que ésta desarrolla, el empresario puede:
• asumir personalmente las tareas preventivas,
• designar uno o varios trabajadores para que las realicen,
• constituir un servicio de prevención propio o
• contar con un servicio de prevención ajeno.

Si el empresario asume personalmente las tareas preventivas es necesario que se cumplan una serie de requisitos:
• Debe estar debidamente capacitado o bien capacitarse o auto capacitarse en la materia.
• No podrá realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores, que deberá cubrir con alguna de las restantes modalidades.

Plan de Prevención
Para implantar un Plan de Prevención en la empresa, lo primero que hay que hacer es identificar los posibles riesgos laborales que podemos tener en nuestra empresa, lo que podemos hacer es:
• Identificar peligros: ¿qué puede salir mal?
• Determinar quién podría resultar lesionado y con qué gravedad, incluidos trabajadores, contratistas y público en general.
• Decidir cuál es la probabilidad de que ocurra.
• Decidir de qué modo pueden eliminarse o reducirse estos riesgos: ¿pueden mejorarse las instalaciones, los métodos de trabajo, el equipo o la formación?
• Establecer prioridades para la acción, basándonos en la dimensión del riesgo, el número de afectados, etc.
• Desarrollar medidas de control.
• Efectuar revisiones periódicas para comprobar que se aplican las medidas de control.
• Incluir consultas a los trabajadores durante el proceso y proporcionarles información sobre los resultados de la evaluación de riesgos.
Una vez realizado esto, debemos realizar unas acciones, de las cuales debemos tener toda la documentación:
• Adoptar un conjunto de acciones preventivas para eliminar y/o controlar los riesgos identificados.
• Realizar un Control Operativo de las medidas adoptadas.
• Integrar la Planificación de la Acción Preventiva de modo transversal en la gestión de la empresa.
• Formar a los/as trabajadores/as en materia preventiva.
• Vigilar la salud de los/as trabajadores/as de forma adecuada en función de la tarea que desempeñan.
• Desarrollar actuaciones ante situaciones de emergencia.

Mariana Rodriguez 20-05-2008, 19:38:11
la nota esta buenisima y es re-sencilla, la verdad me gusto mucho
Darío Ruiz 20-05-2008, 11:40:43
muy buen documento, claro y re bien explicado para la gente que no conoce mucho. Lo felicito Licenciado
Rodolfo Ibañez Castelar 20-05-2008, 09:42:35
quede muy conforme con la breve y explicita explicacion del Lic. gracias a todos por publicar buenas notas en el sitio, esta es mi primera vez votando...
Lorena Mugues 20-05-2008, 08:51:26
La nota me gusto mucho, esta clara y precisa
Rubén DiStella 20-05-2008, 08:28:12
Excelente explicacion, basica y muy sencilla para que todos entendamos, gracias Lic. por sus notas y lo felicito

Votar articulo:

Nombre:


Comentar: